FINALIDAD
Regular el proceso de transferencia de la gestión administrativa de los gobiernos regionales y gobiernos locales, a efecto de garantizar una sucesión efectiva, eficiente y oportuna de la gestión, que permita facilitar la continuidad del servicio público que se presta, asegurar la adecuada gestión de los recursos públicos y se rindan cuentas conforme a los principios de legalidad, transparencia y servicio al ciudadano, en el marco de lo señalado en la Ley N° 30204, Ley que regula la transferencia de la gestión administrativa de gobiernos regionales y gobiernos locales.

OBJETIVOS

  1. Establecer las disposiciones para el desarrollo del proceso de transferencia de la gestión administrativa de los gobiernos regionales y gobiernos locales, señalando plazos, formalidades, responsabilidades y obligaciones de la Autoridad saliente y de la Autoridad entrante, según corresponda; así como las acciones preparatorias a la citada transferencia.
  2. Determinar la información y documentación que debe ser entregada por la Autoridad saliente a la Autoridad entrante, respecto a los resultados de su gestión en el cumplimiento de su misión con enfoque en el cierre de brechas, servicios municipales, servicios o programas sociales, así como de los Sistemas Administrativos previstos en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, entre otros.
  3. Establecer las disposiciones para cautelar el desarrollo del proceso de transferencia de la gestión administrativa conforme a la normativa, así como la adecuada gestión de los recursos públicos, a través de los Órganos de Control Institucional y las Gerencias Regionales de Control, según corresponda.