El Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades en materia de seguridad ciudadana en el ámbito provincial. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel provincial. Cuenta con una Secretaría Técnica en base al DECRETO SUPREMO Nº 011-2014-IN.

Miembros
Los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) están integrados por los siguientes miembros:
 
  1. El Alcalde Provincial, quien presidirá el Comité. El cargo de Presidente del COPROSEC es indelegable, bajo responsabilidad.
  2. El Gobernador Provincial.
  3. El jefe policial de mayor grado que preste servicios en la provincia.
  4. El Director de la Unidad de Gestión Educativa Local con jurisdicción en la provincia.
  5. La autoridad de salud de la jurisdicción o su representante.
  6. Un representante del Poder Judicial, designado por el Presidente de la Corte Superior de la jurisdicción.
  7. Un representante del Ministerio Público, designado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción.
  8. Un representante del responsable de la Ofi cina Defensorial correspondiente.
  9. Tres Alcaldes de los distritos de la provincia que cuenten con el mayor número de electores.
  10. Un representante de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú, quien será elegido y acreditado conforme al procedimiento que establezca el Manual de Organización y Funcionamiento de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas por la Policía Nacional del Perú.
  11. Un representante de las Rondas Campesinas existentes en la provincia.
Los miembros de instituciones y organizaciones que integran el COPROSEC en calidad de representantes, deberán ser acreditados ante el presidente del Comité.
 
De acuerdo a la realidad particular de cada circunscripción territorial, y con el voto aprobatorio de la mayoría de sus miembros, el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana podrá incorporar a representantes de otras entidades públicas y privadas que considere pertinente, así como a los representantes de las Comunidades Campesinas, Comunidades Nativas y Comités de Autodefensa, si los hubiere u otras organizaciones sociales.
 
Todos los miembros titulares del COPROSEC están obligados a asistir y participar personalmente en sus sesiones, bajo responsabilidad.
 
Para el cumplimiento de sus fines, los COPROSEC podrán conformar equipos de trabajo con participación de profesionales especializados.